Asesor en Proyectos Eléctricos SSSR
Energia
Job Description
Área de Trabajo: Área para cumplir misión institucional
Lugar de desempeño Oficinas de la DOH que corresponda:
Ciudad según indicado en condiciones
Horario de Trabajo Jornada ordinaria de 44 horas semanales.
Horario flexible; Ingreso de 07:30 a 09:00 horas Salida de lunes a jueves: 16:30 a 18:00 horas Salida viernes: 15:30 a 17:00
Jefatura directa del cargo
Jefatura Departamento de C onservación
Condiciones laborales Trabajo Oficina y Terreno.
Los requisitos específicos para el ingreso y promoción en cargos de planta de la Dirección de Obras Hidráulicas se encuentran regulados en el DFL N° 279, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, disponible en: https://bcn.cl/3na2g
Calendarización del Proceso
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl 14/08/2026-20/08/2026
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 21/08/2026-20/10/2026
Finalización del Proceso 21/10/2026-21/10/2026
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 20/08/2026
Correo de Contacto: [email protected]
Condiciones Generales
Las condiciones generales de los procesos de Selección de la Dirección de Obras Hidráulicas están establecidos en la Resolución Exenta D.O.H. N°3951 de fecha 12 de agosto de 2025.
- Revisar y asesorar técnicamente proyectos eléctricos de Servicios Sanitarios Rurales.
- Apoyar la inspección fiscal y supervisión de obras eléctricas SSR.
- Elaborar y revisar soluciones eléctricas para proyectos de conservación y mejoramiento.
- Gestionar tramitaciones técnicas ante distribuidoras eléctricas y organismos reguladores.
- Asesorar técnicamente a servicios sanitarios rurales y equipos institucionales en materias eléctricas y electromecánicas.
Objetivo del cargo
Asesorar técnicamente a la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales en materias eléctricas vinculadas al diseño, ejecución, conservación y operación de los sistemas SSR, velando por el cumplimiento de la normativa vigente, la calidad técnica de las soluciones implementadas y la continuidad operacional de los servicios, mediante el apoyo especializado a inspectores fiscales, equipos técnicos y organizaciones usuarias.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Título Profesional de la Ingeniería Civil Eléctrica.
- Plantas presurizadoras de Sistemas de APR.
- Instalación de bombas de pozos profundos.
- Generación eléctrica mediante grupo electrógeno y tableros de transferencia.
- Diseño e implementación de tableros de fuerza y control y mallas a tierra.
- Conocimiento de normas eléctricas nacionales.
Experiencia sector público / sector privado
Al menos 3 años de experiencia profesional.
Competencias
Competencias Transversales:
- Orientación al cliente.
- Orientación a la eficiencia.
Competencias Específicas Conductuales:
- Planificación y organización.
- Pensamiento Analítico.
- Responsabilidad.
- Compromiso con el Aprendizaje.
Competencias Específicas Funcionales:
- Trabajo en equipo.
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
- Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Etapas de Selección
Etapa I: Admisibilidad (PreI)
Esta etapa tiene por objeto verificar que las personas postulantes cumplen con los requisitos mínimos legales establecidos en el DFL N° 279 Del Ministerio de Obras Públicas, en relación con formación y experiencia laboral. La evaluación se realiza exclusivamente sobre la base de las respuestas declaradas en el sistema de postulación. No se revisan documentos en esta etapa.
Puntaje máximo: 20 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos
Criterios de evaluación:
- Factor: Formación educacional - Subfactor: Formación requerida por ley (DFL N° 279) - Puntaje: 5 puntos
- Factor: Formación educacional - Subfactor: Formación educacional deseable según perfil del cargo - Puntaje: 5 puntos
- Factor: Experiencia laboral - Subfactor: Experiencia mínima requerida por ley (DFL N° 279) - Puntaje: 5 puntos
- Factor: Experiencia laboral - Subfactor: Experiencia profesional deseable según perfil del cargo - Puntaje: 5 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos.
Avanzarán solo quienes cumplan con los requisitos legales mínimos. No existe un máximo definido de personas para avanzar a la siguiente etapa en esta fase.
Nota: Quienes no cumplan los requisitos legales mínimos serán excluidos del proceso, aun cuando hayan acumulado puntaje en subfactores deseables.
Etapa II: Evaluación Curricular (PreII)
Factor de Evaluación: Formación, experiencia y capacitación relacionadas directamente con el cargo
Descripción del Factor: Evalúa la pertinencia de los antecedentes declarados en relación con el perfil del cargo. Se consideran estudios, experiencia y cursos declarados.
Criterios esperados del factor y calificación:
- Alta Pertinencia: 20 a 12 puntos
- Pertinencia Media: 11 a 5 puntos
- Baja o Nula Pertinencia: 0 a 4 puntos
Puntaje mínimo de aprobación por etapa: 12,00 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 12 puntos. Avanzarán a la siguiente etapa un máximo de 10 personas con los mayores puntajes, siempre que hayan alcanzado el puntaje mínimo.
Etapa III: Apreciación Global Del Candidato (PreIII)
Factor de Evaluación: Evaluación de la adecuación de los conocimientos técnicos para el ejercicio del cargo
Descripción del Factor: Entrevista estructurada aplicada por el Comité, orientada a identificar conocimientos técnicos, habilidades prácticas y competencias generales.
Criterios esperados del factor y calificación:
- Recomendable: 40 puntos
- Adecuado: 25 puntos
- Mínimo: 15 puntos
- No Recomendable: 0 puntos
Puntaje mínimo de aprobación por etapa: 25,00 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 25 puntos. Avanzarán a la siguiente etapa todas las personas que cumplan el mínimo exigido.
Etapa IV: Evaluación Psicolaboral (PreIV)
Factor de Evaluación: Aptitudes específicas para el desempeño de la función
Descripción del Factor: Entrevista psicolaboral aplicada por profesional del área o consultora externa.
Criterios esperados del factor y calificación:
- Recomendable: 20 puntos
- Recomendable con Observaciones: 10 puntos
- No Recomendable: 0 puntos (excluyente)
Puntaje mínimo de aprobación por etapa: 10,00 puntos
Puntaje mínimo de aprobación: 10 puntos. La evaluación 'No recomendable' implicará la exclusión del proceso.
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