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Administrativo de Gestión de las Personas - Grado 19°

Energia

SantiagoFull-timeMid LevelOn-site

Job Description

  • La renta mencionada equivale al grado 19° EUS, Estamento Administrativo. (Con posibilidad de asignación profesional, EN CASO DE CUMPLIR REQUISITOS PARA ELLO)
  • La persona seleccionada será evaluada al cumplir los 3 meses para confirmar su continuidad o una nueva prórroga, según evaluación de la jefatura
  • Jornada laboral: 44 horas semanales. Lunes a jueves de 08:30 a 17:30 horas. Viernes de 08:30 a 16:30 horas.

    Según corresponda.

Condiciones Generales

La Base de Postulación se difundirán en el Portal de Empleos Públicos y en la página Oficial del HPEP.

Funciones del Cargo

  • Colaborar en la confección de nómina de funcionarios para gestión y toma de decisiones del Departamento.
  • Elaboración de resoluciones de procesos administrativos atingentes al departamento.
  • Colaborar en el cálculo de remuneraciones de los funcionarios y procesos asociados según indicación de la jefatura.
  • Colaborar en el control y registro contractual de los funcionarios de la Institución.
  • Colaborar en el proceso de inducción de funcionarios.
  • Apoyo en gestión de notificación y registro de licencias médicas.
  • Gestión documental, archivo digital y físico.
  • Ingresar datos de funcionario nuevos en sistema ALBA
  • Ingreso de ausentismo de funcionarios (Ej. Feriado legal, P. administrativo, sin goce de sueldo, horas extras etc.) con Resolución
  • Ingreso de datos de asistencia en SIRH (Clave para cruce de asistencia)
  • Ingreso de horas compensatorias y horas devolución de funcionarios.
  • Ingreso digital de formulario DIAT y DIET de funcionarios y emisión de formulario de advertencia y/o declaración de accidente de trayecto.
  • Mantención de Relojes Control manual en Residencias Protegidas y de la Institución.
  • Mantención de Turnos en sistema SIRH (programación de horarios)
  • Mantención Software asistencia
  • Colaborar en el proceso de calificaciones de los funcionarios.
  • Atención de público /funcionarios
  • Brindar apoyo administrativo general a la Unidad de Gestión de Personas.
  • Otras tareas asignadas por la jefatura dentro de su competencia.

Objetivo del cargo

Administrar, ejecutar y colaborar en procesos administrativos asociados al ciclo de vida laboral de todos los funcionarios del Hospital Psiquiátrico El Peral.

Perfil de la Función

Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Formación Educacional

Licencia de Enseñanza media completa.

  • Curso Excel Intermedio (Excluyente)
  • Curso de estatuto administrativo (Excluyente)
  • Curso de Trato a Usuario.
  • Experiencia comprobable en manejo de SIRH Y SIAPER (Excluyente)
  • Conocimiento de las leyes 15.076, 18.834, 19.490, 19.664, 19.937, 20.707 y 20.921.

Experiencia sector público / sector privado

Al menos 3 años de experiencia áreas de gestión de personas en Instituciones Públicas. (Excluyente)

Postulaciones a esta convocatoria

Última a las 06:15:34 del 01-08-2026

Simbología

Tengo el documento requerido

No tengo el documento requerido

  • - Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
  • - Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
  • - Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
  • - Certificado Situación militar al día (*)
  • - Otros (CURSO EXCEL INTERMEDIO/CURSO ESTATUTO ADMINISTRATIVO/CERTIFICADO SIAPER Y SIRH. CERTIFICADO DE EXPERIENCIA LABORAL ESPECIFICA)

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

  • a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  • b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
  • e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
  • f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

  • a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  • b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  • c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  • d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
  • e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
  • f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Declaraciones Juradas

Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

4.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA INGRESAR A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Yo, , Cédula de Identidad N° , declarobajo juramento, lo siguiente:

1.- Que, tengo salud compatible con el cargo al cual postulo, conforme a lo dispuesto en el literal c), del artículo 12, de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

2.- Que, no he cesadoen un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años, conforme a lodispuesto en el literal e), del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo.

3.- Que, no me encuentro afecto/a a alguna inhabilidad temporal o permanente para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni me encuentro condenado/a por crimen o simple delito, conforme a lo dispuesto en el literal f),del artículo 12,de la Ley N° 18.834, que contiene el Estatuto administrativo.

4.- Que, no me encuentres afecto/a a alguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 54, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Fecha: Suscribo la presente declaración jurada simple, en mi calidad de postulante en el contexto de los procesos de concurso o selección efectuados por intermedio de la plataforma del Portal de Empleos Públicos del Servicio Civil.

Preguntas al Postulante

Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria

La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

Mensaje de advertencia

Recuerde iniciar sesión de usuario para ver formulario de preguntas al postulante.

Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.

En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

#J-18808-Ljbffr

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